El Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE) es el sistema de impuestos diseñado por el SRI para facilitar el pago de tributos a la gran mayoría de trabajadores independientes, profesionales y microempresas en Ecuador.
Estar en el RIMPE significa que no te riges por la tabla general del Impuesto a la Renta, sino por una tabla simplificada mucho más amable. Esta guía definitiva te explicará al detalle cómo funciona el RIMPE en el 2026.
1. ¿Quiénes pertenecen al RIMPE?
Por regla general, si eres una persona natural o jurídica con ingresos brutos anuales de hasta $300,000, entras automáticamente al Régimen RIMPE. Ingresos "brutos" significa todo lo que facturaste antes de descontar tus gastos e IVA.
Sin embargo, hay excepciones importantes. NO puedes estar en el RIMPE (incluso si ganas menos de $300,000) si tu actividad económica es:
- Prestación de servicios profesionales (abogados, médicos, ingenieros, etc. con título).
- Actividades de libre ejercicio.
- Transporte.
- Sector agrícola, ganadero, avícola.
- Comercialización de combustibles.
- Relación de dependencia (empleado con sueldo).
- Ingresos por alquileres (arrendamiento de bienes inmuebles).
Si realizas alguna de estas actividades excluidas, debes tributar bajo el Régimen General para esos ingresos específicos.
2. Las Dos Categorías del RIMPE
El RIMPE se divide en dos grandes sub-grupos, y es crucial saber en cuál te encuentras porque las reglas son totalmente diferentes.
Categoría A: Negocio Popular
Perteneces a "Negocio Popular" si tus ingresos brutos anuales en el año anterior fueron de $0 hasta $20,000.
Tus obligaciones:
- Facturación: A partir de 2024, todos los negocios populares están obligados a emitir Factura Electrónica (las notas de venta físicas ya no sirven). Al emitir la factura, el IVA es siempre 0% (no desglosas IVA).
- Impuesto a la Renta (Pago Único): No usas la tabla compleja del SRI. Pagas un impuesto fijo o cuota anual dependiendo de tus ingresos exactos (la tabla varía ligeramente, pero generalmente va desde $0 para los que menos ganan, hasta unos $60 fijos).
- Declaraciones de IVA: ¡Estás exonerado! Como Negocio Popular, no haces declaraciones mensuales ni semestrales de IVA, ya que cobras 0%.
- Retenciones: No eres agente de retención. Tampoco te deben retener Renta ni IVA cuando le facturas a una empresa.
Categoría B: Emprendedor
Perteneces a "Emprendedor" si tus ingresos brutos anuales van desde $20,001 hasta $300,000.
Tus obligaciones:
- Facturación: Emites Factura Electrónica con la tarifa de IVA vigente (15% o 5%) según tu producto o servicio.
- Impuesto a la Renta: Pagas de acuerdo a una Tabla Progresiva especial del RIMPE Emprendedor, que calcula el porcentaje (desde 1% hasta el 2%) sobre tus ingresos brutos anuales, menos un impuesto a la fracción básica.
- Declaraciones de IVA: Debes declarar el IVA. Por regla general, los contribuyentes RIMPE Emprendedor declaran el IVA de forma Semestral (cada 6 meses). Sin embargo, si deseas puedes pedir el cambio para hacerlo Mensual.
- Retenciones: Te van a retener cuando factures. Según la normativa actual, por bienes te retienen el 1% y por servicios el 1% en Impuesto a la Renta. No eres agente de retención (salvo que el SRI te lo asigne específicamente).
3. ¿Cómo saber en qué régimen estoy?
Puede que te hayas inscrito en el RUC hace varios años y no sepas dónde estás parado. El SRI actualiza su catastro de forma automática, pero es fundamental que tú mismo lo verifiques.
- Ingresa a SRI en Línea.
- Inicia sesión con tu RUC y Clave.
- En el menú de la izquierda, busca RUC > Certificados.
- Haz clic en Certificado de RUC. Descarga el PDF.
- Abre el PDF. En la primera página, en la sección de datos generales, busca el campo "Régimen". Allí dirá claramente "RIMPE - NEGOCIO POPULAR" o "RIMPE - EMPRENDEDOR" o simplemente quedará en blanco si eres "Régimen General".
También puedes usar nuestra herramienta de Validación de RUC en VerifacturaEc para una consulta pública y rápida.
💡 Consejo de Experto: Es altamente recomendable revisar tu certificado del RUC en el mes de Enero de cada año. El SRI evalúa tus ingresos del año anterior y, en Abril casi siempre, te "re-categoriza" automáticamente. Si en 2025 ganaste $22,000, un día amanecerás como "Emprendedor".
4. Pago del Impuesto a la Renta RIMPE (Fechas y Formularios)
Dile adiós al antiguo formulario 102A. Para el RIMPE, existe una declaración simplificada.
- ¿Qué formulario uso? Se utiliza el Formulario RIMPE para el Impuesto a la Renta.
- ¿Cuándo se paga? Todos los contribuyentes RIMPE (tanto Negocio Popular como Emprendedor) declaran y pagan su Impuesto a la Renta anualmente en el mes de Marzo, de acuerdo al noveno dígito de su RUC.
| Noveno Dígito del RUC | Fecha Máxima de Declaración y Pago | | :--- | :--- | | 1 | 10 de Marzo | | 2 | 12 de Marzo | | 3 | 14 de Marzo | | 4 | 16 de Marzo | | 5 | 18 de Marzo | | 6 | 20 de Marzo | | 7 | 22 de Marzo | | 8 | 24 de Marzo | | 9 | 26 de Marzo | | 0 | 28 de Marzo |
Nota: Si la fecha cae fin de semana o feriado, se traslada al siguiente día hábil.
5. Salida del Régimen RIMPE
Estar en el RIMPE tiene un límite de tiempo. Un RUC puede pertenecer a este régimen simplificado durante un máximo de 3 años consecutivos.
Una vez cumplido ese plazo de gracia (o si en algún año durante el proceso llegas a facturar más de $300,000 dólares), el SRI te excluirá en el siguiente ejercicio fiscal y pasarás permanentemente al Régimen General.
Adicionalmente, si el SRI detecta en un control que has omitido ingresos, presentas gastos inexistentes, o facturas bajo conceptos prohibidos para el RIMPE (como agrupar servicios profesionales dentro de la categoría negocio popular para no cobrar IVA), te retirarán inmediatamente del régimen y deberás pagar las multas correspondientes de forma retroactiva.
En VerifacturaEc, contamos con herramientas gratuitas para ayudarte. Si no sabes si emitir con o sin IVA, prueba nuestra Calculadora de IVA. Si necesitas conocer las retenciones exactas que aplican a las empresas Emprendedoras, visita nuestra Sección de Retenciones.